CONOZCA SUS DERECHOS

Trabajadors de servicios esenciales tienen el derecho de protegerse y proteger a sus familias.

El coronavirus se propaga principalmente de persona a persona. Los empleadores deben implementar las guías impuestas por el CDC y por el estado de Nueva York para proteger a los trabajadores y reducir la transmisión entre los empleados.

Empleadores estan prohíbidos por ley de tomar represalias contra los trabajadores que expresen sus preocupaciones.

Para informar sobre condiciones inseguras, puede presente un reclamo confidencial con la Fiscal General de Nueva York llamando (212) 416-8700, presiona 1 para español. Tambien puede mandar un email a buro.labor@ag.ny.gov. Nunca preguntaran su estato immigratoria.

La prioridad de empleadores es de proteger la salud y bien estar de los trabajadores.

Prácticas responsables para que los empleadores mantengan los lugares de trabajo seguros.

  • Los empleadores deben proporcionar equipo de protección personal (PPE) adecuado, como respiradores N95, guantes y gafas de protección.
  • Estaciones con lava manos y procedimientos de desinfección deben ser implementados.
  • El distanciamiento social debe ser cumplido en los ascensores y durante el tiempo de almuerzo.
  • Los empleadores deben alentar activamente a los trabajadores que se sienten enfermos a quedarse en casa y no pueden ser penalizados por negarse a trabajar.
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RECURSOS FINANCIEROS

La pandemia de la COVID-19 ya empieza a efectuar impactos devastadores sobre la economía y las familias de la clase obrera. Los gobiernos federales, estatales y locales empiezan a hacerse cargo de proveer asistencia inmediata a los trabajadores.

Abajo se apuntan recursos de los fondos de asistencia por condiciones de vida difíciles y de ayuda:

Acceso al desempleo

Algunos de estos recursos no estarán disponibles a cada miembro.  Por favor averigüe con los enlaces para confirmar su elegibilidad.

El gobernador del estado de Nueva York, Andrew Cuomo, estableció el acceso inmediato al desempleo para esos trabajadores que perdieron el trabajo debido al coronavirus.  El período de espera de 7 días se ha anulado.

A ese fin, el Departamento de Trabajo (DOL) está efectuando un nuevo sistema más eficaz de presentar los reclamos, basado en la primera letra del apellido del solicitante (en orden alfabético).

  • A – F : Los lunes
  • G – N : Los martes
  • O – Z : Los miércoles
  • Si falta el día correspondiente: Los jueves y viernes

Si presenta su reclamo más tarde en las semana, no se demorarán los pagos ni afectará la fecha de reclamo de un individuo, ya que todos los reclamos entran en vigor el lunes de la semana en la cual se presentan.

El DOL también ha extendido las horas de presentar reclamos tal como especificado a continuación:

  • Lunes a jueves 8 am a 7:30 pm.
  • Viernes 8:00 am a 6:00 pm.
  • Sábados 7:30 am a 8:00 pm.

Si ha perdido trabajo debido a la COVID-19, puede presentar su reclamo en la página web del Departamento de Trabajo: https://labor.ny.gov/ui/claimantinfo/Spanishguidepage.shtm

La ley federal Coronavirus Aid, Relief and Economic Security (CARES – Ley de ayuda, alivio y seguridad económica ante el coronavirus) con beneficios aumentados del seguro de desempleo y Ayuda de desempleo por pandemia.  Busque más información sobre cómo solicitar ayuda y si es elegible Departamento de Trabajo del estado de Nueva York.

Ayuda de desempleo por pandemia (PUA)

Lo que necesita saber sobre la ley CARES

Organigrama de la ley CARES

Pagos de impactos económicos

La ley federal Coronavirus Aid, Relief and Economic Security (CARES – Ley de ayuda, alivio y seguridad económica ante el coronavirus) creó un pago no recurrente a la mayoría de las familias.  El 30 de marzo el Departamento del Tesoro y el Servicio de Rentas Internas (IRS) anunció que la distribución de pagos de impactos económicos empezaría dentro de tres semanas y que se distribuirán automáticamente, sin ninguna acción necesaria para la mayoría de la gente.  Los beneficiarios de la Seguridad Social que típicamente no tienen que presentar declaraciones sobre la renta no tendrán que presentar una declaración abreviada para recibir el pago de impacto económico.  En cambio, los pagos se depositarán automáticamente a sus cuentas bancarias.

Puede leer las Preguntas Más Frecuentes del IRS sobre el programa, y consulte esta página web del IRS para actualizaciones continuas sobre el alivio de impuestos ante el coronavirus.

Puede consultar la página web del IRS para información adicional y actualizada sobre la respuesta del IRS al coronavirus y una lista de programas de alivio disponibles, que también incluyen planes de pago para prestatarios elegibles.

Asistencia de impuestos

Asistencia de los impuestos federales
Para todos los contribuyentes que presentan y pagan sus impuestos sobre la renta el 15 de abril de 2020, el plazo por presentar y pagar los impuestos federales sobre la renta de 2019 se ha extendido automáticamente hasta el 15 de julio de 2020. Esta asistencia se aplica a todas las declaraciones individuales, fideicomisos y corporaciones. Esta asistencia es automática.  Los contribuyentes no tienen que presentar ningún formulario adicional ni tienen que llamar al IRS (Servicio de Rentas Internas) para calificarse. Esta asistencia solamente se aplica a las declaraciones federales sobre la renta y los pagos de impuestos (incluyendo los impuestos sobre la renta del trabajo autónomo) que de otra manera deben realizarse el 15 de abril de 2020, y no se aplica a los pagos de impuestos estatales o depósitos o pagos de cualquier otro tipo de impuesto federal.

Puede consultar la página web del IRS para más información actualizada sobre la respuesta del IRS al coronavirus y una lista de programas de asistencia disponibles, que incluyen planes de pagos para los prestatarios elegibles.

Asistencia con los impuestos sobre la propiedad inmobilaria en la ciudad de Nueva York

El departamento de Finanzas de la ciudad de Nueva York ofrece varios programas para ayudar a los dueños de propiedades que se encaren con dificultades en pagar los impuestos sobre las propiedades. Incluyen programas de exención para bajar la cantidad de impuestos adeudados, opciones fijas en planes de pago (las condiciones de pago de las mismas se individualizan), igual como el nuevo programa Property Tax and Interest Deferral (PT AID, aplazamiento de impuestos e intereses sobre las propiedades) para las personas que cumplan con los requisitos.

Para calificarse para PT AID usted tiene que ser residente de la ciudad de Nueva York, ser dueño de una casa o condominio de 1 a 3 familias, ganar $58,399 o menos al año y ha tenido que haberse retrasado o está en peligro de retrasarse en el pago de los impuestos sobre las propiedades.  Si usted experimenta una pérdida temporal de ingresos como resultado de circunstancias atenuantes tales como la pérdida del trabajo o una muerte en la familia, tal vez desee solicitar un plan de pagos basado en los ingresos a base de circunstancias atenuantes. Con este plan, puede ponerse al día con sus impuestos sobre la propiedad en un corto plazo de tiempo, hasta que mejore su situación económica.

Para averiguar su elegibilidad y solicitarlo, consulte la página web del Departamento de Finanzas sobre Planes Fijos de Pagos o el PT AID.

Período de gracia para hipotecas

Asistencia con las hipotecas.  El gobernador Cuomo ha exigido que las instituciones financieras del estado de Nueva York brinden la indulgencia sobre las hipotecas residenciales de las propiedades ubicadas en Nueva York por un período de 90 días a cualquier individuo residente de Nueva York que demuestra dificultades económicas como resultado de la pandemia de COVID-19. Las instituciones financieras reguladas incluyen Bank of New York Mellon, Goldman Sachs Bank USA, M&T Bank, New York Community Bancorp y Signature Bank. A los acreedores se les ha mandado poner a la disponibilidad de los clientes el proceso de cómo pedir asistencia debido a la COVID-19. Pueden encontrarse ayuda y asistencia adicionales en la página web del Departamento de Servicios Financieros (DFS) o al llamar al DFS al 1-800-342-3736.

Aplazamiento o suspensión de ejecuciones hipotecarias.  El gobernador Cuomo también anunció que aplazará o suspenderá las ejecuciones hipotecarias durante tres meses para propietarios elegibles. Para asistencia en la comprobación de su elegibilidad, llame al Departamento de Servicios Financieros al 1-800-342-3736.

Anulación de ciertos cargos bancarios. Los bancos bajo la regulación del estado de Nueva York también anularán temporalmente los cargos de sobregiros, cajeros automáticos y pagos atrasados de tarjetas de crédito para esos individuos con dificultades económicas comprobadas.

Vivienda

Por favor averigüe con los enlaces para confirmar su elegibilidad.

Indulgencia sobre el pago de las hipotecas para familias con hipotecas aseguradas por la FHA, USDA, VA, HUD Sección 184a, Fannie Mae o Freddie Mac

La ley federal Coronavirus Aid, Relief and Economic Security (CARES) proporciona alivio para las familias con hipotecas aseguradas por el gobierno.  Las familias con hipotecas aseguradas por la FHA, USDA, VA, HUD Sección 184a, Fannie Mae o Freddie Mac están elegibles para la indulgencia sobre los préstamos para un máximo de un año sin cargos, multas o intereses adicionales.  Las familias que se encaran con dificultades económicas, sea directamente o indirectamente, del coronavirus podrán recibir esta indulgencia al presentar una solicitud a su administrador de préstamos, declarando que experimentan dificultades relacionadas con el virus.  La indulgencia será concedida por 180 días y podrá extenderse unos 180 días adicionales como máximo al pedido del prestatario.

Las familias que necesitan una indulgencia deben ponerse en contacto con el administrador de la hipoteca lo antes posible, o ponerse en contacto con un consejero de viviendas aprobado por HUD. Puede encontrar información sobre el administrador de su hipoteca residencial en los extractos mensuales o el libro de cupones de su hipoteca.  El consejero de viviendas más cercano puede encontrarse en  www.consumerfinance.gov/find-a-housing-counselor o al llamar al (800) 569-4287.

Las familias con hipotecas de FHA, USDA, VA o Sección 184 o 184A, o hipotecas aseguradas por Fannie Mae o Freddie Mac, que se encaran con la ejecución hipotecaria también tendrán alivio de la ejecución hipotecaria o el verse forzado a trasladarse mientras nos enfrentamos con la pandemia COVID-19.  La moratoria sobre el desalojo por ejecución hipotecaria queda vigente hasta el 17 de mayo de 2020.

Protección contra el desalojo

The Right to Counsel (el derecho al asesoramiento legal) ha creado unas Preguntas Frecuentes sobre el Desalojo disponibles en inglés y español.

En la ciudad de Nueva York, a todos los alguaciles les ha informado que no pueden ejecutar una orden ya existente. Si intentan violar esto, por favor denuncie esta actividad al llamar a la oficina del Departamento de Investigaciones de los alguaciles (DOI) de la ciudad al (212) 825-5953.

En la ciudad de Nueva York, también puede llamar a la oficina de Housing Court Answers (Repuestas sobre la vivienda), de 9am a 5pm, lunes a viernes: 212-962-4795 o 718-557-1379. Las llamadas se contestan directamente en español, inglés y francés, y se emplean intérpretes para todo otro idioma necesario a través del servicio de intérpretes LanguageLine.

Línea de atención directa por todo el estado: 833-503-0447, abierta 24/7. Pronto tendrán la habilidad de contestar preguntas en todos los idiomas con intérpretes.  Esta línea solamente es para ofrecer referencias; los trabajadores de la línea de atención directa no pueden contestar preguntas legales específicas, pero sí pueden dirigirle a las cortes, oficinas administrativas y otros recursos cerca de usted. Si no logra comunicarse la primera vez, ¡siga intentando!

Ayuda para inquilinos de NYCHA

Las familias que sufren una pérdida total de ingresos podrán cumplir con los requisitos del programa Zero Policy de la NYCHA.

Si una familia declara cero ingresos, participará en una entrevista con el programa House Assistance de la NYCHA y rellenará un cuestionario de cero ingresos. La entrevista puede realizarse por teléfono. Si necesita más ayuda, por favor llame a su oficina de administración de propiedades o al centro Customer Contact al 718-707-7771.

Una familia puede reunir los requisitos para una reducción del alquiler basada en dificultades de pagar el alquiler si cumple con las siguientes condiciones:

  • Hay por lo menos una reducción del 5% de los ingresos brutos
  • El alquiler actual es más del 30% de los ingresos netos de la familia
  • La reducción en los ingresos ha durado un mínimo de dos meses

Los residentes pueden pedir una reducción del alquiler a través de una recertificación interina, lo cual refleja un cambio en los ingresos de la familia que ocurre entre los períodos de recertificación anual.

Los residentes pueden empezar una recertificación interina a través del portal de autoservicio de la NYCHA o al pedir un formulario impreso en su oficina administrativa (que será mandado a la dirección del domicilio del residente). Los formularios impresos ya completados y las copias de los documentos suplementarios requeridos deben ser mandados a: New York City Housing Authority, PO Box 19202, Long Island City, NY 11101.

Haga clic abajo para una lista de documentos suplementarios que tienen que ser entregados junto con la recertificación interina:

English 

Spanish 

Russion 

Traditional Chinese 

Simplified Chinese

La violencia doméstica
En caso de emergencia, llame al 911.  Llame a la línea de atención directa para la violencia doméstica y la agresión sexual al 800-621-4673, TTY 866-604-5350 (si tiene discapacidad auditiva) para hablar con un consejero.  Aprenda más sobre cómo los centros de justicia familiar pueden ayudar.

Riesgo de quedar sin hogar
El programa Homebase le ayudará a desarrollar un plan para superar una crisis de vivienda inmediata y alcanzar la estabilidad en la vivienda. Llame al 311 para aprender cómo puede ayudar Homebase y para aprender más de HRA.

Sección 8
Los portadores de vales de la Sección 8 de la oficina del Desarrollo y Preservación de Vivienda (HPD) de la ciudad de Nueva York que experimenten dificultades pagando el alquiler a base de pérdidas de ingresos deben mandar un correo electrónico a DTRAI@hpd.nyc.gov.

Alquileres atrasados y asistencia pública

Si a usted le han reducido el horario de trabajo como resultado del coronavirus y no puede pagar el alquiler, puede solicitar un pedido de un subsidio especial de Cash Assistance (ayuda en efectivo) para recibir beneficios en caso de emergencias.

  • Si ya tiene un caso activo de Cash Assistance, la manera más rápida de presentar su pedido es en Internet en ACCESS HRA.
  • Llame a la línea de información de HRA al 718-557-1399 para aprender cómo solicitar este subsidio por correo.

Servicios públicos

  • Los servicios públicos han pactado voluntariamente la suspensión de desconexiones debido a impagos del gas y la electricidad en el estado de Nueva York.

Internet

  • Los proveedores grandes de Internet han pactado la suspensión de desconexiones de servicios de Internet.

  • Algunos proveedores ofrecen 60 días de wifi público gratis u otros beneficios a los abonados. La lista se encuentra aquí.

Manipulación perjudical de precios

  • Para denunciar la manipulación perjudical de precios en el estado de Nueva York, usted puede rellenar un formulario Consumer Complaint Protection.

  • Al denunciar una queja asociada con la manipulación perjudical de precios relacionada con el coronavirus, esté dispuesto a proveer detalles, incluyendo: ubicación del comerciante, cualquier prueba de precio(s) excesivo(s) (recibos o fotos) y los datos sobre la empresa. En la sección «descripción de la queja», incluya fechas e información que comprueba un aumento del precio.